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martes, 19 de mayo de 2009

CAPÍTULO XV DEL REGLAMENTO INTERNO (ADAPTADO AL NUEVO RÉGIMEN DE EVALUACIÓN)

A los Docentes y Alumnos del IPC: el Área Comunicación transcribe a continuación el capítulo XV del Reglamento Interno, adaptado al nuevo régimen de evaluación.

Artículo 84º)  Los Alumnos Regulares podrán promocionar cada uno de los espacios curriculares, asignaturas o núcleos, según corresponda, de una de las siguientes maneras:

 

PROMOCIÓN DIRECTA:

 

a)     Podrá acceder al sistema de Promoción Directa, aquel alumno que reúna los siguientes requisitos:

·        Asistencia de un 70% como mínimo a las clases presenciales en todos los casos.

·        Aprobación de, como mínimo, dos (2) instancias de evaluación –una por cuatrimestre-, con calificación no inferior a seis (6). Si no aprueba una de las instancias, tendrá derecho a un examen recuperatorio posterior a la segunda instancia.

·        El profesor titular determinará la modalidad del examen, y lo consignará en el Proyecto Anual de la cátedra.

·        Aprobación de una instancia de integración, con calificación no inferior a seis (6), en el caso de que esté expresamente previsto en el Proyecto Anual. La misma deberá darse a conocer al alumnado al comienzo del año lectivo.

 

b)     De ser posible, y según la índole de la asignatura, por lo menos una de las instancias  de evaluación, será examen individual y escrito.

c)      La nota final para lograr la Promoción Directa, en ningún caso podrá ser inferior a seis (6).

d)     Los profesores de las asignaturas o núcleos que opten por este sistema de promoción, en acuerdo con el Equipo Directivo, dejarán constancia en el Proyecto Anual.

e)     En cada Plan de Estudios no podrá haber más de un 50% de los espacios curriculares con sistema de Promoción Directa.

f)        Los Talleres, las Prácticas y Residencias serán espacios de Promoción Directa. 

g)     Los Alumnos Condicionales podrán acceder a la Promoción Directa, la cual tendrá validez si, en el turno de exámenes finales de julio/agosto, logra el porcentaje de materias establecido para ser alumno regular.

h)      Para acceder al sistema de Promoción Directa, deberán tener aprobadas las asignaturas correlativas.

i)        En caso de que el alumno esté ausente en alguno de los dos parciales, corresponde calificación 1 (uno) y tiene derecho, si aprueba el otro parcial, de asistir al recuperatorio.

j)        En caso de que el alumno/a presente certificado médico, se acordará con el mismo una nueva fecha para el examen y/o recuperatorio. Si a la fecha de entrega de las planillas de exámenes por promoción directa, el alumno no ha logrado presentarse a rendir, deberá rendir el examen final ante tribunal. 

 

 

 

EXAMEN FINAL:

Los alumnos regulares y especiales, rendirán un examen final escrito y/u oral, de acuerdo con los contenidos y modalidades de evaluación del Proyecto de Cátedra, abordados en el ciclo lectivo en el que obtuvieron la regularidad.

Los requisitos para acceder al Examen Final como alumno regular son los siguientes:

a)     Asistencia  de un 70% como mínimo de las clases presenciales.

b)     Presentación y aprobación de los trabajos prácticos y/o de otras alternativas de evaluación, establecidas en el Proyecto de Cátedra, debiéndose dar a conocer al inicio del ciclo lectivo.

c)      Podrán acceder al Examen Final, los alumnos regulares que no aprobaron por el sistema de promoción directa.

d)     Una vez regularizada la materia, el alumno podrá rendir siete (7) turnos consecutivos de exámenes como regular. Una vez vencidos esos siete turnos tendrá tres turnos consecutivos más. En este caso el examen final adoptará la modalidad de libre:

·        Versará sobre el total de los contenidos de la planificación o proyecto de la asignatura.

·        Tendrá dos instancias: 1º) Un examen escrito eliminatorio; 2º) Un examen oral.

·        Cada instancia deberá ser aprobada con una nota numérica no inferior a seis (6).

·        La nota final se obtendrá promediando ambas instancias.

 

e)     Los exámenes finales estarán sujetos a las siguientes normas:

 

1-     El Examen Final se rendirá ante un tribunal o mesa examinadora.

2-     La Secretaría formulará la nómina de los alumnos inscriptos y la entregará a Bedelía con un tiempo suficiente para que ésta elabore la documentación pertinente. En el momento de constituirse la mesa examinadora, la Bedelía entregará al presidente de la misma la nómina, el programa, un bolillero y las bolillas necesarias. La numeración de estas últimas será verificada por los tres miembros de la mesa.

3-     La mesa examinadora estará formada por el profesor de la asignatura y, en la medida de lo posible, por otros dos de asignaturas afines. Será presidida por el primero, salvo que se hallare presente el Rector o algún funcionario docente de jerarquía superior.

4-     El presidente de la mesa llamará a los alumnos por orden de lista. El uso del bolillero queda a elección del presidente.

5-     El alumno tendrá derecho a meditar su examen  mientras se desarrolle el  del que ha sido llamado anteriormente. Podrá redactar esquemas, cuadros sinópticos, etc., pero no le  será permitido la consulta de fichas, apuntes, libros, salvo que  esto último resultare indispensable por la índole de la disciplina o de la  evaluación.

     Al primer alumno de la lista se le acordará un período prudente de preparación.

6-     Cuando se trate de la parte práctica, el alumno dispondrá del material y el tiempo que la mesa estime necesarios.

7-     Para las evaluaciones escritas y/o prácticas, el presidente de la mesa presentará las consignas de trabajo que los alumnos deberán cumplimentar en un tiempo  no mayor de noventa minutos.

8-     En las evaluaciones orales, el alumno expondrá sobre el tema en cuestión y la mesa podrá interrogar acerca de otros asuntos relacionados. A continuación podrá interrogar sobre otros contenidos de la asignatura.

9-     Terminada la lista, el presidente procederá a efectuar un segundo llamado.

10- El tribunal calificará a los examinados y comunicará los resultados.

11- Si no hubiese coincidencia, se votará en primer término la aprobación o aplazo del estudiante. Luego se adjudicará  la calificación que corresponda de acuerdo con el criterio general que surja de la votación anterior. La calificación se empleará según la siguiente escala numérica y conceptual: 10, sobresaliente; 9, distinguido; 8, muy bueno; 7, bueno; 6, aprobado; de 5 a 1 insuficiente.

12- El acta de examen será redactada por cualquiera de los tres miembros de la mesa. El presidente verificará la exactitud de lo consignado y los tres miembros de la mesa serán igualmente responsables de su contenido.

13- Los tres miembros  de la Mesa Examinadora tendrán igual derecho a participar en la evaluación. Se recomienda evitar discusiones ante el alumnado en situación de evaluación.

14- Las decisiones de la mesa examinadora son inapelables.

15- No se podrá repetir ningún examen en un mismo turno.

16- Los exámenes que no se ajusten a las formalidades establecidas serán anulados, sin perjuicio de otras medidas que, a juicio de la Superioridad, reclame el caso.


NOTA DE LA DIRECCIÓN DE ESTUDIO: recuerden que los alumnos que no se encuentran en condiciones de promocionar la materia AHORA, debido a que adeudan la/s correlativa/s, ya no lo pueden hacer (aunque saquen la correlativa anterior en agosto, ya no pueden promocionar). nate cualquier duda, acercarse a la Dirección de Estudios del Instituto...

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